19/1/13

HACIENDA: recaudador o banco?

Desde hace tiempo no hago más que darle vueltas a algo: ¿por qué la Administración considera que todos somos defraudadores?, ¿por qué se utiliza el abuso de poder y lo normalizamos?.
No hace mucho que se presentan los impuestos de forma telemática, esto permite rapidez, comodidad y, fundamentalmente, evita errores en la presentación.
Me llama poderosamente la atención el hecho de que se presuma defraudador al contribuyente desde un principio sin tener mayor consideración. 
El parlamento ha elaborado un reglamento de desarrollo de la Ley General Tributaria que permite a Hacienda recaudar sin piedad. ¿Qué por qué digo esto?, por lo siguiente: los ingresos del Estado son, entre otros, principalmente, los que se obtienen a través de la recaudación de impuestos. Para tener financiación se recaudan, la gran mayoría, de forma trimestral. Hay establecidas unas fechas concretas en las que se debe cumplir con la obligación de tributar en los principales impuestos. Así las liquidaciones trimestrales deben presentarse en los primeros 20 días siguientes al trimestre natural vencido, fuera de este plazo se incurre en falta y daría lugar a la apertura del correspondiente expediente administrativo por incumplimiento y, paralelamente, se abriría otro disciplinario por la infracción cometida. Este es el procedimiento general.
Si la liquidación resulta positiva se debe hacer el ingreso a favor del Tesoro Público y, si es a favor del contribuyente, se procede a reconocerlo en la liquidación a la espera de futuros resultados a lo largo del año, de modo que si sigue resultando a su favor se procederá a solicitar la compensación con deudas futuras o el abono de dicha cantidad. 
Por supuesto, las declaraciones de impuestos se cruzan y esto permite detectar errores, entendiendo errores en el sentido más amplio, es decir; englobaría errores aritméticos, de omisión, fraude,... Todos, en la práctica, son considerados fraude. Hacienda se ha convertido en una caja registradora, si uno se equivoca en un dato ya se inician los procedimientos, con lo que la recaudación es doble: se ingresa la cantidad correcta y la multa por cometer infracción con los correspondientes intereses.
De este modo, además de luchar contra el fraude fiscal, Hacienda recauda ingresos a mayores, en algunos casos, se impone una cantidad fija por error cometido y en otros depende de los delitos tipificados según el baremo recogido en la Ley.
No se admiten errores y se dan muchos a la hora de transcribir los impuestos sin que haya habido intencionalidad en la comisión del fallo. De este modo se penaliza como fraude tanto el auténtico delito como cualquier error aritmético o por omisión cometido
No estoy en contra de que se persiga el fraude, todo lo contrario, pero me resulta abusivo, por parte de la Administración, el que actúe como si fuera una entidad bancaria, además de imponer multas, cobra intereses. Por otra parte, si llegado el plazo no hay dinero para pagar, la AEAT permite el aplazamiento y fraccionamiento del pago pero a un módico precio: sólo cobrará el 5% de interés anual.
De este modo, teniendo en cuenta que un banco no daría crédito con facilidad o lo concedería a un tipo superior al 5%, al contribuyente le resulta más cómodo presentar aplazamientos y solicitar fraccionamientos de la deuda.
No me parece mal que se permitan aplazamientos de deuda o fraccionamientos en los pagos, lo que se pretende es poder cobrar la deuda, pero lo que no me parece correcto es que se considere que todos somos defraudadores, que si no se pagan en plazo la intención del contribuyente es burlar la Ley y que las confusiones son premeditadas. Considero que en estos tiempos de crisis lo que debería plantearse es el hecho de no cobrar intereses por aplazar o fraccionar las deudas, porque Hacienda no es un banco.
Precisamente, este hecho lo que denota es que el sistema financiero está quebrado (las entidades financieras practican la usura y Hacienda se ha convertido en un banco que presta dinero).
Además esta prerrogativa se está utilizando como un arma más para acrecentar diferencias sociales: cualquiera que se haya equivocado en un DNI en una declaración anual de impuestos y no lo haya corregido en plazo porque se trata de un dato de difícil consecución dentro de ese plazo, es considerado por la AEAT como una persona con intención de defraudar al estado y, por lo tanto, deberá pagar la sanción correspondiente con sus respectivos intereses, todo ello completamente regulado en un procedimiento para que no se considere abuso de poder, pero que yo entiendo que, en este ejemplo, incumple el principio de proporcionalidad que debe regir el procedimiento administrativo.
Por contra, a aquellos que tienen dinero pero no están dispuestos a soportar presión fiscal sobre el mismo, o cuya procedencia es de difícil justificación legal y cuya intencionalidad de defraudar está presente en el simple hecho de llevarlo a paraísos fiscales, no son considerados defraudadores sino que se decreta amnistía fiscal para que puedan acogerse a esta, con un tipo de interés atractivo y sin imposición de multa alguna ni cobro de intereses.
Todo ello me lleva a preguntarme: la imposición de multas coercitivas ¿sólo debe afectar a los pobres?, ¿sólo estos tienen que corregir malos comportamientos?.
Y esta es hoy mi tribulación.